GLOSARIO
MARCAS. Consisten en una denominación - incluso de fantasía - un gráfico (logotipo) o un conjunto de ambas cosas. Su finalidad es distinguir un producto o servicio de las demás semejantes existentes en el mercado. Para conseguirlo, han de ser de fácil memorización y de suficiente poder distintivo, de manera que se evite la confusión con otras. Se clasifican en 45 clases, dependiendo del tipo de producto o servicio que ampare. Se conceden por un período de diez años renovables. Su protección se extiende a todo el territorio nacional.

NOMBRE COMERCIAL. Es el nombre propio de la persona o la razón social de la entidad dedicada al comercio, la industria o al ejercicio de una profesión, que se emplea en las transacciones mercantiles para identificar a quien las realiza.

LEMA COMERCIAL. Es la palabra, frase o leyenda utilizada como complemento de una marca.

PATENTE DE INVENCION. Es patentable la invención nueva, que implica actividad inventiva, y que sea susceptible de aplicación industrial. Es nueva si no se ha hecho accesible al público con anterioridad en Perú ni en el extranjero. La actividad inventiva existe si la invención no resulta del "estado de la técnica" de una manera evidente por un experto en la materia. El estado de la técnica comprende todo lo que antes de la fecha de solicitud de patente se ha hecho accesible al público en Perú o en el extranjero.La patente de invención se concede por veinte años improrrogables y esta sujeta al pago de tasas anuales.

MODELO DE UTILIDAD. Son los utensilios, instrumentos, herramientas o dispositivos nuevos que impliquen una actividad inventiva en cuanto a su configuración, estructura o constitución, de la que resulte alguna ventaja.

DISEÑO INDUSTRIAL. La protección otorgada por estos modelos se refiere a la forma externa de los objetos y proporciona la exclusividad de fabricación y venta en el territorio nacional durante diez años.

DERECHOS DE AUTOR. Proteger a los autores de las obras literarias y artísticas y de sus derechohabientes, de los titulares y derechos conexos que el derecho de autor reconocidas en ella y de la salvaguardia del acervo cultural. Es derecho patrimonial durante toda la vida del autor y 70 años después de su fallecimiento.